El podcast de Gabriel J. Perea R., emitido el 9 de agosto de 2023, analiza los desafíos que plantea el Artículo 293 del Código Electoral a la libertad de expresión. Si bien este artículo busca garantizar la veracidad de las encuestas políticas, puede limitar las perspectivas y restringir el acceso a la esfera pública, afectando…


Gabriel J. Perea R. | 9 de agosto de 2023

PODCAST: Artículo 293, desafío de la Libertad de Expresión


El derecho a la libertad de expresión es uno de los pilares fundamentales de toda sociedad democrática. En este contexto, es esencial analizar cómo algunas disposiciones pueden afectar este derecho esencial. El artículo 293 del Código Electoral que regula la realización y divulgación de encuestas políticas y electorales, plantea ciertas inquietudes en cuanto a la vulneración de la libertad de expresión.

El artículo establece que cualquier entidad, ya sea natural o jurídica, que tenga la intención de realizar encuestas con el fin de divulgar preferencias políticas o electorales, debe registrarse previamente y actualizar dicho registro anualmente. Si bien la intención detrás de esta medida puede ser la de garantizar la veracidad y transparencia de las encuestas, es importante sopesar los posibles efectos sobre la libertad de expresión.

En primer lugar, la exigencia de registro y aprobación previa podría llevar a la concentración del poder de emisión de encuestas en manos de unas pocas entidades aprobadas por las autoridades. Esto podría limitar el acceso a la esfera pública de distintas perspectivas lo cual es vital para una democracia pluralista y diversa.

Los múltiples requisitos y filtros establecidos para realizar encuestas pueden generar obstáculos burocráticos que dificulten la participación de personas naturales o pequeñas organizaciones jurídicas. El acceso igualitario a la producción y difusión de información es esencial para un debate público enriquecedor y plural.

La imposición de una fianza de garantía para las encuestadoras extranjeras podría restringir la participación de entidades internacionales, limitando el flujo de información y la diversidad de perspectivas en el debate electoral.

La obligación de incluir una advertencia en las encuestas, advirtiendo que “las encuestas son estudios de opinión sujetos a no reflejar la certeza de los resultados”. Si bien la transparencia es importante, esta medida podría afectar la credibilidad de las encuestas y, en última instancia, la libertad de expresión de las entidades encuestadoras al presentar sus resultados.

El artículo 293 plantea desafíos para garantizar la libertad de expresión. Si bien el objetivo es loable, también es crucial encontrar el equilibrio que no complique la libertad de expresión.

Es imperativo que cualquier regulación que afecte la libertad de expresión esté en línea con los estándares internacionales de derechos humanos. El respeto a la diversidad de opiniones y el acceso igualitario a la esfera pública son principios esenciales para el funcionamiento de una democracia saludable.

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